Una persona jurídica o persona moral es un concepto jurídico empleado para denominar a la figura jurídica que da lugar a la existencia de un individuo con derechos y obligaciones. No se trata de un ciudadano común, sino más bien de sociedades mercantiles y entes estatales, entre otros.

Una organización o entidad con personalidad jurídica formada por varias personas físicas se denomina persona jurídica o moral
El Diccionario del Español Jurídico define a la persona jurídica como una “institución dotada de personalidad propia e independiente y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, creada por las leyes o conforme a lo establecido en las mismas”.
Las personas jurídicas pueden coexistir con las personas físicas. Esto es así porque se les otorga una personalidad jurídica y con ello, la capacidad para actuar como figuras de derecho, desarrollar actividades económicas de forma regulada y controlada y adquirir y poseer bienes de todo tipo. También tienen la capacidad de emprender actividades sociales o societarias.
¿Cómo nace la persona jurídica o persona moral?
Una persona jurídica o persona moral nace a partir de un acto jurídico o acto de constitución que es reconocido por los organismos y autoridades administrativas. Esta ha de inscribirse en registros públicos y cumplir con determinadas condiciones legales.
En su creación es posible que las personas jurídicas cuenten con medios naturales como, un patrimonio determinado por el aporte de cada una de ellas. Las normas, en este caso, suelen seguir este proceso para determinar su valor y constatar que las aportaciones a ese patrimonio son reales.
Características de una persona jurídica
Como sucede con el concepto de personas físicas, existen una serie de aspectos que definen a las personas jurídicas.
- Poseen nacionalidad o un domicilio social.
- Tienen una fecha de nacimiento o constitución.
- Cuentan con un patrimonio debido a las ganancias y las aportaciones de los socios.
- Tienen registrado un domicilio fiscal.
- Poseen derechos y obligaciones jurídicas con base a la forma que adquieran.
- Pueden adquirir y poseer bienes.
- Son personas jurídicas las corporaciones, las asociaciones y fundaciones
Diferencias entre persona jurídica y persona natural
Las personas jurídicas o morales y las personas físicas o naturales guardan ciertas diferencias entre sí. Pese a que ambas son figuras legales que, entre otras cosas, deben cumplir ciertos deberes y disfrutar de ciertos derechos, existe una relevante diferencia en la extensión o en los límites de dichas obligaciones y derechos.
Las personas jurídicas pueden estar compuestas tanto por personas naturales, como por otras personas jurídicas, pero sus obligaciones no alcanzan a esas personas naturales.
En el supuesto de que se contraigan deudas con terceros, por ejemplo, las personas naturales han de solventar con su patrimonio personal. Mientras que las personas jurídicas deben responder, únicamente, con los bienes de la sociedad.
Asimismo, las personas naturales no están en la obligación de demostrar un capital inicial para emprender una actividad, como es el caso de las personas jurídicas, ni funciona como una sociedad colectiva, sociedad anónima o de responsabilidad limitada.
Tipos de persona jurídica o moral
Por lo general, se clasifican dos tipos de persona jurídica: las de derecho público y las de derecho privado.
Personas jurídicas de derecho público
Son las que representan entidades del Estado y que velan por sus intereses. Tienen utilidad y manejo en todo el país y para los ciudadanos que en él habitan.
Se clasifican en personas jurídicas de derecho público interno (acción dentro del país) y externo (acción fuera del país).
Personas jurídicas de derecho privado
Se refiere a las que representan intereses de los particulares y se encuentran regulados por códigos de comercios determinados.
Están compuestos por empresas, cooperativas, asociaciones, sociedades civiles, mercantiles, etc. Independientemente de que tengan fines de lucro, o no.
Ejemplos de personas jurídicas
- Sociedades mercantiles como, empresas, corporaciones multinacionales, empresas unipersonales.
- Organismos sin fines de lucro (ONG, fundaciones, asociaciones…).
- Entidades públicas o entes de las administraciones de diferentes países.
Responsabilidades de las personas jurídicas
Tanto las personas naturales como las personas jurídicas pueden tener una responsabilidad civil por el incumplimiento de sus obligaciones y las acciones u omisiones que generen daños a otros.
En lo que respecta a los delitos penales y de naturaleza similar, estos no son atribuidos a la institución o empresa, sino a las personas naturales que la componen, quienes son directamente responsables del crimen cometido. De hecho, son muchos los casos en los que las personas jurídicas quedan exentas de las responsabilidades penales.
Causas de extinción de la persona jurídica
- Ha terminado el plazo para el cual fueron creadas.
- Cuando los socios que la conforman deciden ponerle fin.
- Han cumplido el fin por el cual fueron constituidas.
- Si el Estado no autoriza su funcionamiento.
- Si caen en quiebra financiera.