Medida cautelar

Una medida cautelar es una acción tomada por un tribunal o autoridad judicial para proteger los derechos, intereses o bienes jurídicos de una de las partes en un proceso legal, mientras se resuelve un caso.

Estas medidas se toman de manera provisional y temporal, antes de que se emita una sentencia definitiva, y su propósito es prevenir un daño irreparable, garantizar que se cumplan las decisiones judiciales finales o mantener el status quo durante el proceso legal.

Las medidas cautelares son parte integral del derecho procesal y pueden variar, pero algunas de las más comunes incluyen:

  • Orden de alejamiento: se utiliza en casos de violencia doméstica o acoso, y prohíbe que una persona se acerque a otra.
  • Embargo: congela los activos financieros o bienes de una parte en un caso de disputa económica para garantizar que haya fondos disponibles para cubrir un posible fallo a favor de la parte contraria.
  • Medidas provisionales: pueden ordenar que se realice o se detenga una acción específica, como la publicación de información confidencial o la continuación de un proyecto de construcción.
  • Depósito en garantía: se requiere que una parte deposite una suma de dinero en un tribunal o en una cuenta bloqueada para asegurarse de que cumplirá con sus obligaciones contractuales.
  • Secuestro de bienes: la autoridad judicial puede ordenar la incautación de bienes o propiedades específicas en casos de disputas legales.

¿Qué es una medida cautelar en Chile?

En Chile, el Ministerio Público (Fiscalía) define las medidas cautelares como «medidas restrictivas o privativas de la libertad personal o de disposición patrimonial del imputado, que decreta un tribunal con competencia penal a solicitud de parte interesada y siempre que concurran fundamentos que justifiquen su aplicación».

Tipo de medidas cautelares

Según el mencionado organismo, las medidas cautelares se clasifican en personales y reales, si afectan la libertad personal o bien, la disposición patrimonial o administración del imputado.

En razón de la medida que se decrete, «su objeto será asegurar los fines del procedimiento, velar por la seguridad de la sociedad o de la víctima y/o asegurar la existencia de bienes suficientes para una eventual reparación o indemnización a esta».

Medidas cautelares personales

Entre las medidas cautelares personales podemos mencionar:

  • Citación.
  • Prisión preventiva.
  • Privación de libertad domiciliaria.
  • Sujeción a la vigilancia de una persona o institución.
  • Obligación de presentarse ante el juez o ante la autoridad que él designe,
  • Prohibición de salir del país.
  • Prohibición de asistir a determinadas reuniones, recintos o espectáculos públicos, o de visitar determinados lugares.
  • Prohibición de comunicarse con personas determinadas.
  • Prohibición de acercarse a la víctima o su familia.

Medidas cautelares reales

Por su parte, se consideran medidas cautelares reales, las precautorias autorizadas en el título V, del Libro II, del Código de Procedimiento Civil (CPC).

En concreto, el artículo 290 señala que «para asegurar el resultado de la acción, puede el demandante en cualquier estado del juicio, aun cuando no esté contestada la demanda, pedir una o más de las siguientes medidas: el secuestro de la cosa que es objeto de la demanda; el nombramiento de uno o más interventores; la retención de bienes determinados; y la prohibición de celebrar actos o contratos sobre bienes determinados».

Además de estas cautelares, el artículo 298 del CPC establece las llamadas medidas indeterminadas. Estas permiten al tribunal civil adoptar cualquier otra medida que sea idónea para garantizar el resultado de la acción.

Por último, cabe señalar que la legislación chilena contempla otras medidas cautelares de naturaleza más punitivas en el Código Penal, en el Código Procesal Penal y en otras normas particulares de carácter penal. Se decreta judicialmente y son de carácter temporal: incautación de bienes, “congelamiento” de cuentas bancarias, y el comiso (que al ser una pena tiene carácter permanente), entre otras.