Los días hábiles son aquellos días en los cuales las instituciones y oficinas públicas o privadas están abiertas y funcionan normalmente para llevar a cabo actividades administrativas, judiciales o comerciales, etc. Los días hábiles no incluyen las jornadas de descanso legalmente establecidas, como los días festivos o feriados.
La definición exacta de días hábiles puede variar según la jurisdicción y el contexto legal respectivo. En general, suelen ser los días laborables de la semana, excluyendo los sábados, domingos y días festivos. Sin embargo, en algunas jurisdicciones el concepto de días hábiles puede incluir ciertos sábados o días festivos cuando las instituciones gubernamentales o judiciales están abiertas.
Los plazos legales, como los tiempos para presentar documentos, presentar recursos o llevar a cabo ciertas acciones legales, a menudo se cuentan en días hábiles. Esto significa que los días festivos y fines de semana no se cuentan en el plazo, lo que permite a las partes involucradas tener un tiempo razonable para cumplir con sus obligaciones legales.
Días hábiles en Chile
En Chile, los días hábiles son de lunes a viernes, excluyendo los sábados, domingos y días festivos. Su definición y tipificación la encontramos en distintos textos jurídicos:
- El artículo 50 del Código Civil establece que «los plazos que se señalaren en las leyes, o en los decretos del Presidente de la República, o de los tribunales o juzgados, se comprenderán aún los días feriados; a menos que el plazo señalado sea de días útiles o hábiles, expresándose así, pues en tal caso no se contarán los feriados».
- El artículo 59 del Código de Procedimiento Civil señala que «las actuaciones judiciales deben practicarse en días y horas hábiles» y que «son días hábiles los no feriados. Son horas hábiles las que median entre las ocho (08:00) y las veinte (20:00) horas».
- Por su parte, la ley 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativas que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado, en su artículo 25, establece que «los plazos de días establecidos en esta ley son de días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los sábados, los domingos y los festivos. Cuando el último día del plazo sea inhábil, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente».
¿Cómo deben contabilizarse los días hábiles correspondientes al feriado legal (vacaciones) del trabajador?
Una aplicación común de los días hábiles en la legislación chilena la encontramos en los artículos 67 y 69 del Código del Trabajo, respecto al feriado legal (periodo de vacaciones) que le corresponde a cada trabajador.
La norma señala que «los trabajadores con más de un año de servicio en una compañía o empresa tienen derecho a un feriado anual (vacaciones) de quince días hábiles, con remuneración íntegra. En el caso de las regiones del extremo sur del país, el feriado anual será de veinte días hábiles para sus trabajadores».
A fin de contabilizar los quince días hábiles, estos se cuentan de lunes a viernes, ya que el sábado siempre se considerará inhábil. El feriado se concederá de preferencia en primavera o verano, considerando las necesidades del servicio o las elecciones del trabajador.