La remuneración del aprendiz no estará sujeta a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 44 y será libremente convenida por las partes.
art 81 ct
- Código del Trabajo
- Libro I. Del contrato individual de trabajo y de la capacitación.
- Título II. De los contratos especiales
- Capítulo I. Del contrato de aprendizaje
- Título II. De los contratos especiales
- Libro I. Del contrato individual de trabajo y de la capacitación.