Cada juez ejercerá unipersonalmente la potestad jurisdiccional respecto de los asuntos que las leyes encomiendan a los Juzgados de Letras del Trabajo o de Cobranza Laboral y Previsional.
art 419 ct
- Código del Trabajo
- Libro V. De la jurisdicción laboral
- Título I. De los juzgados de letras del trabajo y de cobranza laboral y previsional y del procedimiento
- Capítulo I. De los Juzgados de Letras del Trabajo y de los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional
- Título I. De los juzgados de letras del trabajo y de cobranza laboral y previsional y del procedimiento
- Libro V. De la jurisdicción laboral