El certificado de concordancia es un documento que deben gestionar las personas que acaban de conseguir la nacionalidad española. En ese documento se expresa la coincidencia de los datos entre los antiguos NIE y TIE, con el nuevo DNI y pasaporte español.

El certificado de concordancia es un documento que deben gestionar las personas que acaban de conseguir la nacionalidad española.
¿Qué es el certificado de concordancia?
El documento de concordancia acredita a la persona nacionalizada como española, que anteriormente tenía el NIE y TIE como extranjero, como residente legal en España y que actualmente tiene un DNI que se trata de la misma persona.
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Consultar abogadoSe trata de un documento de gran importancia para demostrar o acreditar los datos de su identidad.
La razón de ser de este documento es que cuando la persona adquiere la nacionalidad, recibe un número de DNI y pasaporte completamente nuevo, el número, evidentemente, no se corresponde con el número de NIE y TIE, por lo que es necesario acreditar bajo un documento oficial que se trata de la misma persona y que dicho cambio en la documentación corresponden a la toma de la nacionalidad española.
Para lo anterior, el ciudadano que adquiere la nacionalidad debe contactar con las autoridades de extranjería para indicar el cambio de nacionalidad, específicamente para indicar que ha pasado de ser un residente legal a un ciudadano español nacionalizado.
Después de hacer la notificación, la Oficina de Extranjeros o Comisaría General de Extranjería, emitirá el certificado de concordancia con los datos de la persona interesada. En ese documento se acredita que la persona que ahora tiene un determinado número de DNI y pasaporte es la misma que anteriormente tenía un determinado número de NIE y TIE.
Funcionalidad del documento de concordancia
El documento de concordancia es de suma importancia para certificar o acreditar que el NIE y demás datos que tiene la Administración Pública de un determinado ciudadano, se corresponden con el número de DNI, nombre y demás datos de interés de esa persona que hasta hace poco estaba en España en calidad de extranjero residente.
Gracias a ese documento, la persona podrá asegurar que todos los registros y trámites que comenzó cuando tenía TIE y NIE, continúan siendo válidos o vigentes, pese al cambio en la documentación oficial.
En este sentido, el documento de concordancia es exigido por algunos organismos y trámites en específico que piden la concordancia de los datos de esa persona, especialmente cuando en sus bases de datos tienen el antiguo NIE, por lo que deben asegurarse de que, efectivamente, se trata de la misma persona.
Un ejemplo de ello es la Seguridad Social, la Agencia Tributaria o la Dirección General de Tráfico. Junto a ello, algunas entidades privadas como los bancos también pueden solicitarla.
Emisión del certificado
El certificado o documento de concordancia es emitido por la Oficina de Extranjeros o Comisaría General de Extranjería. Además, los ciudadanos interesados deberán solicitarlo en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía.
Cuando la persona adquiera la nacionalidad y tenga en sus manos los dos documentos esenciales que así lo acreditan, como es el caso del DNI y del pasaporte, deberá acudir a la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía más cercano y con estos nuevos documentos de identidad.
Si bien este certificado puede ser solicitado en cualquier momento, al hacerlo de forma inmediata al recibir el DNI y pasaporte, el trámite será completamente gratis. Hay que recordar que es preferible tenerlo para que en el momento que sea exigido no se deba tramitar de forma apresurada.
Es importante destacar que, si al momento de recibir el DNI la persona no puede, por diversas razones, solicitar este documento, tampoco debe preocuparse porque podrá pedirlo en cualquier momento sin ningún tipo de inconveniente.
La forma de solicitud del trámite, por otro lado, puede variar considerablemente de una región a otra. En algunos casos es suficiente con acudir en cualquier momento a la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía para hacer la solicitud, mientras que en otras Comunidades Autónomas se exige la solicitud de cita previa.
Documentación exigida para la tramitación del certificado de concordancia
En el momento de solicitar el documento de concordancia, es necesario consignar una serie de requisitos o documentos. En general, estos requerimientos son generales para todas las regiones, aunque siempre es conveniente verificarlos antes de acudir a la cita.
A continuación, analizamos la documentación necesaria para la tramitación del certificado:
- Modelo EX 15: la persona debe cumplimentar e imprimir el modelo de solicitud EX 15 que es la solicitud formal para este tipo de certificados. Debe consignar el original y una fotocopia de este modelo.
- Cita: la persona interesada también deberá llevar el justificante de la cita, en caso de que el sistema funcione bajo esta premisa para la tramitación de este documento. El justificante de la cita se puede llevar impreso o también mostrarlo en el móvil como una captura de pantalla.
- Justificante de pago modelo 790 código 012: el solicitante deberá cumplimentar este modelo, imprimirlo y acudir a cualquier entidad bancaria para hacer el pago de la tasa correspondiente.
- DNI: la persona debe llevar su documento nacional de identidad original (DNI) y también una copia debidamente legalizada o compulsada, para lo cual la persona deberá solicitar en una comisaría de policía que le sellen dicha copia.
- Representante: en caso de que la persona no pueda acudir a hacer este trámite, un representante puede gestionarlo por ella. En este caso, deberá aportar, además de todos los documentos anteriores, un poder notarial.
Por otro lado, en lo que se refiere a las fechas de entrega, el documento de concordancia puede ser entregado, en muchas ocasiones, de forma inmediata al solicitante, mientras que, en otros momentos con más volumen de trabajo, la entrega del mismo puede demorar entre 4 y 5 días laborales.
De ahí la recomendación de solicitarlo de forma rápida después de haber recibido el nuevo DNI y pasaporte, porque este documento no tiene fecha de caducidad.
El precio de este documento puede variar en función del momento de solicitud. Si la persona lo solicita inmediatamente después de recibir su DNI, no deberá pagar ninguna tasa. Sin embargo, cuando lo solicita tiempo después, sí deberá abonar una tasa aproximada a 7 euros, aunque este importe también puede aumentar año tras año.
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