Atenuante de reparación del daño

El atenuante de reparación del daño implica una disminución de la responsabilidad penal. El acusado ejecuta una acción o se acredita una conducta para disminuir los efectos del daño o compensarlo.

En la normativa vigente y según lo establecido en la jurisprudencia, el atenuante puede surgir en cualquier momento del procedimiento. Su valoración determinará en qué grado se rebaja la pena.

Son circunstancias atenuantes:

(...)

5.ª La de haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus efectos, en cualquier momento del procedimiento y con anterioridad a la celebración del acto del juicio oral.

(...)

Artículo 21.5.ª del Código Penal

Requisitos de la atenuante de reparación del daño

Los requisitos que se valoran para la apreciación de una atenuante de reparación del daño son básicamente dos.

  1. El acusado es quien lleva a cabo una actuación que tiende a reparar del daño causado en la víctima, sea esta reparación de carácter parcial o total.
  2. La acción se realiza en cualquier momento del procedimiento judicial, siempre que sea antes del juicio oral. En algunos casos especiales, los tribunales han aceptado la apreciación de reparación del daño en esta última fase.

En la valoración que haga el juez de estas conductas, es necesario visualizar que la reparación del daño sea verdaderamente eficaz y significativa. Esto implica que no cualquier acto se considera suficiente para la apreciación de un atenuante.

La determinación de su relevancia tiene una relación directa con el esfuerzo necesario para ejecutar la reparación. Una misma acción no será igual para personas en diferentes condiciones o circunstancias.

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Finalidad

El objetivo de la atenuante de reparación del daño es que la víctima reciba un resarcimiento o compensación por los daños sufridos. Se trata de dar un apoyo que le permita restituir, en alguna medida, su condición anterior.

Con este punto queda claro que no es un objetivo primero la disminución de penas del acusado. Si se percibe que el único fin es lograr condena menor, y no reparar el daño causado, no será considerada suficiente y significativa.

Formas de reparar el daño

Las formas en que una persona tiene la posibilidad de reparar el daño ocasionado son varias. No existe en el Código Penal español una exigencia sobre cuáles son las que se deben adoptar, sin embargo, una de las más utilizadas es la compensación económica.

El Tribunal Supremo, por su parte, ha establecido algunas variantes que son aceptadas para la reparación del daño, estas son:

  1. Por restitución: más frecuente en los casos en que se ha sustraído un bien, por ejemplo. El acusado hace la devolución de lo que le sustrajo a la víctima.
  2. Indemnización de perjuicios: es la compensación económica por los daños y perjuicios que se hayan generado con el delito cometido.
  3. Reparación moral: cuando se ha afectado a la persona en su dimensión ética. Se aplica en determinados delitos como los delitos contra el honor, la dignidad, la libertad sexual, etc.
  4. Reparación simbólica: es una medida que pretende representar el daño sufrido en su magnitud, pero de ningún modo podría ser reparado en el sentido real. Un ejemplo claro es la desaparición forzada de personas.

Valoración de la atenuante de reparación de daño

El juez es el facultado para valorar si la reparación del daño por parte del acusado es realmente significativa para atenuar su pena. Es fundamental que se visualice un esfuerzo por compensar el daño, tanto en lo material como en lo físico y psicológico.

La intención debe ser la reparación o, al menos una disminución de los efectos del daño sobre la víctima. Para la apreciación del atenuante, se pondrá especial atención en el contexto general en el que se plantea la reparación.

Atenuante muy cualificada

Para que una atenuante sea considerada muy cualificada es requisito que el esfuerzo realizado por el acusado sea notable significativamente.

En la valoración se analizará la acción reparadora en comparación con el contexto personal de quien tiene la responsabilidad del delito y general de la situación.

Relevancia de la atenuante para el acusado

El acusado a quien se le aplique la atenuante de reparación del daño tiene el beneficio de reducción de su pena.

  • El Código Penal, artículo 66, establece que en ese supuesto el juez podrá imponer la pena del delito cometido en su mitad inferior. Para su cálculo se toma el límite mínimo y se le resta la mitad para encontrar los márgenes entre los cuales dictar la sentencia.
  • Si, además de la atenuante de reparación del daño, existen más atenuantes se impondrá una pena inferior a uno o dos grados.
  • Cuando la atenuante concurre con más atenuantes y agravantes, cada juez valorará de manera racional las sanciones que se aplicarán.

Relación entre confesión y reparación del daño

La confesión voluntaria antes que el acusado tenga conocimiento de un procedimiento judicial que lo acusa por el delito, es una atenuante. La justicia así lo considera y puede obtener por este acto una reducción de pena. Sin embargo, es independiente a la reparación del daño.

Una persona puede confesar y no por eso reparar el daño material, físico o psicológico que haya ocasionado. Sin embargo, cuando además de la confesión también hace un esfuerzo por reparar o disminuir los efectos del daño, el juez puede aplicar ambas atenuantes en conjunto.

Conclusión

La atenuante de reparación del daño está regulada en el Código Penal español. En este código se define como la acción realizada por el acusado que tiende a reparar o disminuir el efecto del daño provocado por el delito a la víctima.

Esta atenuante y su efecto sobre las penas de los culpables varía según cada caso. El juez es quien debe valorar si la acción para reparar el daño tiene la suficiente significación y eficacia, basándose en el hecho propiamente dicho y las circunstancias personales del acusado.

En la normativa vigente la reparación del daño es independiente de la confesión de un delito. Si bien ambas pueden ser atenuantes, la reparación del daño no implica que se confiese el hecho y viceversa.

En todo caso es recomendable que se consulte con un abogado especializado en Derecho Penal para el diseño de la mejor estrategia.

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