Artículo 255 del Reglamento de Extranjería
Artículo 255. Otras infracciones y sanciones.
Las personas extranjeras que incumplan los deberes, obligaciones y cargas impuestos por el ordenamiento jurídico general serán sancionadas con arreglo a la legislación específicamente aplicable en cada caso.
art 255 RD 1155/2024
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- TÍTULO XIV. Infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador
- CAPÍTULO V. Infracciones, sanciones y obligación de su comunicación interorgánica