Artículo 641 de la Ley Orgánica del Poder Judicial
La defensa en juicio de los actos del Consejo General del Poder Judicial corresponde a la Abogacía del Estado.
art 641 LOPJ
La defensa en juicio de los actos del Consejo General del Poder Judicial corresponde a la Abogacía del Estado.
art 641 LOPJ