Artículo 175 de la Ley Hipotecaria
La hipoteca para asegurar las donaciones por razón de matrimonio sólo tendrá lugar en el caso de que se ofrezcan por el marido como aumento de la dote. Si se ofrecieren sin este requisito, sólo producirán obligación personal, quedando al arbitrio del marido asegurarlas o no con hipoteca.
art 175 LH
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- Título V. De las hipotecas
- Sección III: De las hipotecas legales
- Subsección 1.ª De la hipoteca dotal
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