Artículo 469 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Artículo 469. Motivos. Denuncia previa en la instancia.
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art 469 LEC
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Buscar abogado civil- Ley de Enjuiciamiento Civil
- LIBRO II. De los procesos declarativos
- TÍTULO IV. De los recursos
- CAPÍTULO IV. Del recurso extraordinario por infracción procesal
- Artículo 468. Órgano competente y resoluciones recurribles.
- Artículo 469. Motivos. Denuncia previa en la instancia.
- Artículo 470. Interposición del recurso.
- Artículo 471. Contenido del escrito de interposición del recurso.
- Artículo 472. Remisión de los autos.
- Artículo 473. Admisión.
- Artículo 474. Oposición de las partes recurridas.
- Artículo 475. Vista y prueba.
- Artículo 476. Sentencia. Efectos.
- CAPÍTULO IV. Del recurso extraordinario por infracción procesal
- TÍTULO IV. De los recursos