Artículo 731 de la Ley Concursal
Artículo 731. Juicios declarativos pendientes.
Los efectos de la declaración de concurso sobre los juicios declarativos pendientes que se refieran a un bien o a un derecho de la masa activa se regirán exclusivamente por la ley del Estado en el que estén en curso.
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- LIBRO CUARTO. De las normas de derecho internacional privado
- TÍTULO II. De la ley aplicable
- CAPÍTULO I. Del procedimiento principal
- Artículo 723. Derechos reales y reservas de dominio.
- Artículo 724. Derechos del deudor sometidos a registro.
- Artículo 725. Terceros adquirentes.
- Artículo 726. Derechos sobre valores y sistemas de pagos y mercados financieros.
- Artículo 727. Compensación.
- Artículo 728. Contratos sobre inmuebles.
- Artículo 729. Contratos de trabajo.
- Artículo 730. Acciones de reintegración.
- Artículo 731. Juicios declarativos pendientes.
- CAPÍTULO I. Del procedimiento principal
- TÍTULO II. De la ley aplicable