Artículo 731 de la Ley Concursal

Artículo 731. Juicios declarativos pendientes.

Los efectos de la declaración de concurso sobre los juicios declarativos pendientes que se refieran a un bien o a un derecho de la masa activa se regirán exclusivamente por la ley del Estado en el que estén en curso.

art 731 trlc

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