Sobre el artículo 35 de la Ley de Arrendamientos Urbanos
De todos los incumplimientos del arrendatario expresados en el artículo 27 LAU y que pueden dar lugar a pedir la finalización del contrato de arrendamiento de uso distinto a vivienda (local, despacho, oficina, etc), es el impago de la renta (artículo 27.a LAU) el que en más ocasiones se produce.
Es por tanto el artículo 35 LAU, en relación al artículo 27.2a LAU., el que legitima al arrendador a interponer demanda de desahucio por impago de rentas.
Eduardo Fernández-Fígares Estévez, abogado especialista en desahucios