Artículo 806 del Código Civil
Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.
art 806 CC
Para profundizar
¿Buscas abogado especialista en herencias?
Te ayudamos a encontrar abogado de herencias y sucesiones de confianza. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.
Buscar abogado de herencias