Artículo 1930 del Código Civil
Por la prescripción se adquieren, de la manera y con las condiciones determinadas en la ley, el dominio y demás derechos reales.
También se extinguen del propio modo por la prescripción los derechos y las acciones, de cualquier clase que sean.
art 1930 CC
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- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título XVI: De las obligaciones que se contraen sin convenio
- Título XVIII: De la prescripción
- Capítulo I: Disposiciones generales
- Título XVIII: De la prescripción
- Título XVI: De las obligaciones que se contraen sin convenio