Artículo 1562 del Código Civil
A falta de expresión del estado de la finca al tiempo de arrendarla, la ley presume que el arrendatario la recibió en buen estado, salvo prueba en contrario.
art 1562 CC
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- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título VI: Del contrato de arrendamiento
- Capítulo II: De los arrendamientos de fincas rústicas y urbanas
- Sección II: De los derechos y obligaciones del arrendador y del arrendatario
- Capítulo II: De los arrendamientos de fincas rústicas y urbanas
- Título VI: Del contrato de arrendamiento