El arraigo laboral es un requisito de la legislación española para dotar de un plano de legalidad a extranjeros en situación irregular.
Se trata de un permiso de residencia temporal para quienes hayan trabajado como mínimo 6 meses y hayan tenido una residencia continua en España durante los últimos 2 años.

El arraigo laboral es un permiso de residencia temporal para extranjeros que hayan trabajado mínimo 6 meses y hayan tenido una residencia continua en España.
Muchas veces este permiso es denegado, debido a que no puede demostrarse la relación laboral, debido precisamente a la situación irregular. También surge la confusión con el arraigo social, sin embargo, son conceptos completamente diferentes.
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Consultar abogadoDefinición y marco legal del arraigo laboral
El arraigo laboral es uno de los tres tipos de autorización excepcional que se pueden utilizar para obtener una residencia temporal en España.
Los otros dos son el arraigo familiar, que pueden solicitar los padres de niños nacidos en España o comunitarios o hijos de padres españoles, y el arraigo social, dedicado a quienes tengan vínculos familiares o estén integrados socialmente.
Puede ser solicitado por extranjeros que cuenten con 2 años de residencia continuada en España y al menos 6 meses de relación laboral demostrable.
En caso de obtener el permiso, tiene una duración de un año. No se puede renovar, por lo que al finalizar el mismo, se debe solicitar una autorización de residencia o residencia y trabajo.
La normativa referida al arraigo laboral es la siguiente:
- Artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.
- Artículos 123 a 130 del Real Decreto 557/2011 que reglamenta dicha ley.
- Instrucción del 3 de agosto de 2005 de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración.
Quiénes pueden solicitar el arraigo laboral
Los requisitos para solicitar el arraigo laboral son los siguientes:
- En primer lugar, no ser ciudadano de un estado de la Unión Europea o familiar, tampoco del Espacio Económico Europeo o Suiza.
- No tener antecedentes penales en España o los países donde residió anteriormente, por delitos penados por el sistema español.
- No encontrarse dentro del compromiso de no retorno, que es un plazo de 3 años aplicable a quienes salieron voluntariamente de España.
- Haber permanecido en España durante un lapso de 2 años en forma continuada, es decir, con salidas no mayores de 90 días. Para probar esta condición pueden presentarse documentos como empadronamiento, constancias de atención médica, certificaciones municipales o estatales que demuestren la presencia en el país.
- Poder demostrar una relación laboral no inferior a 6 meses de duración dentro de esos 2 años.
La demostración de la relación laboral
Esta es la mayor dificultad con la que se encuentran quienes deseen solicitar el arraigo laboral, excepto que hayan trabajado legalmente, lo cual es muy difícil dado que se supone que se encuentran en España de manera irregular.
Según ella, para poder demostrar la relación laboral, el solicitante previamente debe haber realizado la denuncia de la situación laboral irregular. Por eso según algunos expertos, el arraigo laboral es un premio a dicha denuncia.
La documentación que prueba la existencia de la relación laboral puede ser:
- Un acta de conciliación, donde el empleador reconoce la irregularidad de la contratación.
- Una resolución judicial.
- Una resolución administrativa relativa al acta de infracción emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Diferencias entre el arraigo laboral y el arraigo social
Estos dos tipos de autorización excepcional muchas veces se confunden, sin embargo, son muy diferentes entre sí.
La principal diferencia es que para solicitar el arraigo social se exigen 3 años de residencia continua en España y estar integrado socialmente, mientras que para el permiso de arraigo laboral se necesitan 2 años de residencia y probar haber trabajado al menos 6 meses.
Muchos extranjeros solicitan el arraigo social cuando se encuentran con la posibilidad de obtener un contrato laboral y, habiendo cumplido el período de residencia, no cuentan con el permiso correspondiente.
De hecho, la oferta de un contrato laboral de al menos un año de duración es uno de los requisitos para obtener el arraigo social.
Sin embargo, el permiso de arraigo laboral conlleva la denuncia del contrato de trabajo irregular, y esta es una situación muy difícil de afrontar, tanto para el trabajador como para el empleador que debe asumir los costos económicos de la multa.
Por este motivo es más habitual solicitar el arraigo social que el laboral.
Obtención del arraigo laboral y pasos posteriores
Para obtener el arraigo laboral, el solicitante debe presentar toda la documentación correspondiente.
Hay que recordar que dicha documentación debe estar legalizada o apostillada según corresponda, y si está en otro idioma también es necesario que esté traducida al castellano o la lengua cooficial del territorio donde se presenta la solicitud.
El trámite debe ser realizado en forma personal ante la oficina de Extranjería de la provincia en la que se ha fijado el domicilio. Será necesario abonar la tasa de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
La Oficina de Extranjería tiene un plazo de 3 meses para dictar la resolución correspondiente. Si no hay ninguna resolución, se debe estimar que la solicitud fue rechazada.
En el caso de aprobarse y recibir la notificación correspondiente, el solicitante deberá:
- Presentarse personalmente y acreditar su identidad mediante la exhibición de su pasaporte, título de viaje (documento que habilita a extranjeros a salir y regresar al territorio español) o cédula de inscripción (documentación a extranjeros por razones excepcionales, humanitarias, de interés público o por cumplimiento de compromisos en España).
- Gestionar la Tarjeta de Identidad de Extranjero. Se trata de un documento único que acredita la permanencia legal de extranjeros en España por un tiempo superior a 6 meses.
- Contar con el comprobante de pago de la Tasa de Residencia Temporal.
- Aportar tres fotografías tamaño carné en color con fondo blanco.
La autorización de arraigo laboral tiene una vigencia de un año e implica autorización para trabajar por cuenta propia o ajena. No se puede renovar, por lo que a su vencimiento se debe solicitar una Autorización de Residencia.
Esta autorización le permite residir en España por un plazo de 5 años, la cual debe renovarse periódicamente, u obtener un permiso de residencia de larga duración.
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