Robo es el delito por el cual un sujeto se apodera de una cosa ajena ejerciendo fuerza en los bienes o violencia en las personas. La normativa prevé penas a partir del mes de prisión, que irán en aumento según concurran determinados agravantes. Se trata de un delito contra la propiedad tipificado en el Código Penal argentino, artículo 164 y siguientes.
Elementos típicos del robo
El robo consiste en privar a otro de una cosa mueble de su pertenencia total o parcial. Sus elementos típicos y diferenciadores son el uso de la fuerza o la violencia.
Fuerza sobre las cosas
El sujeto activo ejerce una fuerza de manera intencional para superar la resistencia, de manera previa o durante la comisión del delito. Esta va más allá de la lógica para manipular la cosa, se interpreta como aquella anormal o destructiva.
El concepto de fuerza aceptado por la doctrina hace referencia a una alteración dañina como medio para la obtención de la cosa. Para la configuración del robo hay un vínculo entre la fuerza y el apoderamiento de la cosa.
Violencia en las personas
Otra de las posibles modalidades que cambiarían el delito de hurto a robo es la existencia de violencia en las personas. Entendiéndose como una energía física efectiva aplicada sobre la persona con el fin de apoderamiento de la cosa.
El momento en que se ejerza la violencia puede ser:
- Preparatorio: el momento previo a la comisión del delito para facilitar la obtención de la cosa mueble.
- Concomitante: se ejerce para llegar al objetivo durante el hecho, desde el inicio del acto hasta su consumación.
- Posterior: el autor actúa de manera violenta contra la víctima luego de cometido el hecho delictivo, en el momento inmediato, con el fin de lograr la impunidad su impunidad.
Penas y particularidades de la figura de robo
Las penas previstas para quien se apodere de una cosa mueble de manera ilegítima con el uso de la fuerza sobre las cosas o la violencia sobre las personas es: Prisión de un mes a seis años.
Diferentes particularidades del hecho se configuran como agravantes y, por lo tanto, se representan de manera directa en las sanciones penales.
Serán sancionados con penas de prisión de cinco a quince años de prisión cuando la perpetración del robo:
- Produce lesiones permanentes de salud.
- Pone en riesgo la vida de las personas ofendidas con el delito.
- Causa una deformación de rostro permanente.
- Se inhabilita a la víctima para el trabajo por un periodo superior a un mes.
- Las lesiones derivan en una enfermedad mental o corporal incurable.
- La víctima resulta inutilizada de manera permanente para el trabajo o padece la pérdida de algún sentido u órgano.
- Se utilizan armas para la comisión.
Las penas serán de prisión de tres a diez años cuando:
- Se comete el hecho en un descampado.
- El hecho es en lugares poblados en banda.
- Se perforan techos, paredes, cercos de los lugares habitados o las dependencias inmediatas.
- Concurran las circunstancias previstas en el artículo 163 del Código Penal.