Presunción de inocencia

La presunción de inocencia es el derecho de toda persona investigada o encausada en un proceso penal de ser tratada como inocente hasta la condena por sentencia firme. Se presumirá inocente hasta que la culpabilidad quede acreditada en juicio, con todas las garantías necesarias para una defensa.

Presunción de inocencia

La presunción de inocencia garantiza a toda persona contra la que se haya dirigido un proceso, ser inocente hasta que no se declare lo contrario mediante una sentencia.

Dimensiones de la presunción de inocencia en el Derecho Penal

En el ámbito de lo penal se puede identificar este derecho en una doble dimensión. Específicamente una hace referencia al tratamiento del reo y otra que se enfoca en la valoración de las pruebas en juicio.

  1. Regla de tratamiento: en cada una de las instancias el investigado debe ser tratado como si fuese inocente. Solo una condena definitiva puede demostrar lo contrario.
  2. Regla de juicio: partiendo de la base de la presunción de inocencia del investigado, es requisito contar una carga probatoria suficiente. Esto significa que la parte que denuncie o acuse tiene la obligación de presentar las pruebas pertinentes.

Efectos de la presunción de inocencia: valoración de las pruebas

Las pruebas deben ser presentadas por el acusador y será el juez quien valore las mismas. No solo se debe demostrar ante el Tribunal la existencia del hecho delictivo, sino además la culpabilidad del investigado en ese acto.

A tal fin, se considera pruebas suficientes para una condena:

  • Los actos de pruebas deben practicarse bajos los principios de igualdad, contradicción, inmediación y publicidad.
  • En el caso de las pruebas preconstituidas y anticipadas, es necesario que concurran los siguientes presupuestos:
    • Subjetivo: requieren de la intervención de autoridad judicial en su recopilación y custodia.
    • Objetivo: tiene que estar garantizada su contradicción, el investigado debe disponer de su abogado defensor.
    • Formal: se introducen en el juicio mediante lectura o la documentación correspondiente.
  • Todos los actos realizados por la policía de investigación o de atestados no son siempre y necesariamente considerados actos de prueba. En tal caso son elementos que sirven en el juicio cuando son acreditados con medios probatorios.
  • Las pruebas aceptadas por el juez no pueden ser prohibidas, es decir deben cumplir con los parámetros legales. No serán aceptadas aquellas que se obtuvieron vulnerando otros derechos.
  • Las pruebas aceptadas deben ser justificadas por el juez o tribunal, que dará las razones de su aceptación probatoria.

Principio in dubio pro reo

Este principio de in dubio pro reo está relacionado con la presunción de inocencia y, en especial, con la valoración de las pruebas. Hace referencia a la duda subjetiva sobre la acción del investigado que puede tener el juez o tribunal, aún a expensas de las pruebas que serían objetivamente convincentes.

Cuando esta duda se presenta, los jueces tienen la facultad de absolver al acusado y, en todo caso, será presentado recurso en otra instancia.

Para que este principio sea utilizado es requisito que la duda tenga una relación racional y lógica. Se entiende entonces que para ellos la carga probatoria no sería suficiente para su convicción.

Conclusión

La presunción de inocencia es un derecho de los investigados o sometidos a proceso judicial de ser tratados como inocentes hasta su condena contraria.

Además de la regla de tratamiento incluye la regla de juicio, que implica la obligación de la otra parte de presentar la carga probatoria suficiente para convencer al juez o tribunal de la existencia del hecho delictivo y la culpabilidad del acusado.

El investigado se considera inocente hasta que se demuestre lo contrario y no es él quien debe acreditar su inocencia. Los jueces parten de la premisa de su inocencia y valorarán las pruebas para cambiar este concepto. A su vez, existen premisas que rigen la validez de los elementos probatorios que podrían ser aceptados.

Otro principio vinculado a la presunción de inocencia es el principio de in dubio pro reo, que se aplica después de aportadas las pruebas objetivas. Si el juez o tribunal tiene una duda subjetiva sobre la culpabilidad del investigado, está en facultad de absolverlo.