La patria potestad o responsabilidad parental recae automáticamente en los padres biológicos del menor.
La patria potestad representa un pilar fundamental dentro del sistema jurídico de familia en Argentina, estableciendo los derechos y deberes de los padres hacia sus hijos menores. Esta materia adquiere una importancia significativa, ya que influye directamente en el bienestar y desarrollo de los niños y adolescentes.
Definición y fundamentos de la patria potestad
La patria potestad se refiere a un conjunto de derechos y responsabilidades que los progenitores ostentan sobre sus hijos menores de edad. Su propósito es proteger el interés superior del niño y garantizar su crecimiento físico, emocional y educativo en un ambiente sano y seguro.
Esta noción encuentra sus bases en el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional de Argentina, así como en la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, ambos instrumentos que dan una protección especial a los derechos de los niños.
¿En qué casos se puede dar la privación de la patria potestad?
Es una medida extrema que se reserva para situaciones donde uno o ambos padres han demostrado ser negligentes, abusivos o perjudiciales para el niño. No obstante, esta decisión es excepcional y sólo se adopta cuando se han agotado todas las alternativas para proteger al menor.
El papel del Estado en la protección de los derechos del niño
El Estado argentino asume la responsabilidad de garantizar el ejercicio efectivo de la patria potestad en beneficio de los niños.
Para ello, se establecen instituciones y organismos encargados de velar por el cumplimiento de los derechos de los menores, como la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes y los Juzgados de Familia.
También abarca aspectos relacionados con la educación y la toma de decisiones médicas para los hijos menores. Los padres tienen el deber de proveer el sustento económico necesario para el bienestar del niño. En casos de adopción, los adoptantes adquieren los derechos y responsabilidades equivalentes a los padres biológicos.