Norma jurídica

Una norma jurídica es toda regla que rige el comportamiento de un grupo de personas determinado, en un tiempo y espacio dados, y de la cual se derivan consecuencias legales frente a su incumplimiento. El conjunto de ellas conforma el denominado orden jurídico.

Norma jurídica

Una norma jurídica establece derechos y deberes que deben respetar los individuos de la sociedad ya que si se incumplen puede suponer la imposición de una sanción.

La ley es solo una especie dentro de las normas jurídicas, ya que también existen las ordenanzas, decretos, resoluciones y hasta las sentencias, que regulan conductas humanas. Se diferencian en cuanto a la autoridad de la cual emanan y en cuanto al grupo de personas al cual van dirigidas.

Están íntimamente relacionadas con la costumbre, ya que, o bien la crean (cuando existe un alto grado de acatamiento social a esa norma), o bien se apoyan en ella para surgir como normas (cuando la conducta ya tiene lugar en la sociedad porque ha sido adoptada por los individuos, y el legislador solo procede a plasmarla por escrito). También se relacionan con la jurisprudencia, ya que los tribunales dictan sus sentencias (normas jurídicas particulares) fundándose en las normas jurídicas existentes.

Su esencia misma es la de prohibir, autorizar u obligar a llevar adelante cierta conducta, bajo la presión de sufrir alguna sanción en el caso de no hacerlo. Esta suele ser, en el ámbito civil, la pérdida de algún derecho o la posibilidad de ejercer la acción correspondiente para adquirirlo o recuperarlo.

No siempre se dan por escrito, ya que existen sistemas legales en el mundo en los cuales estas reglas se infieren de los fallos jurisprudenciales, porque ciertos Estados no cuentan con cuerpos de leyes aunados en códigos. Aquí cobra trascendencia la línea de pensamiento que siguen los jueces para decidir en uno u otro sentido los casos que son sometidos a su jurisdicción.

Si bien presuponen obligatoriedad, esto no siempre es así. Aquí cabe diferenciar las normas imperativas de las dispositivas. Las primeras no pueden ser dejadas de lado por los individuos, por lo cual deben obedecerlas necesariamente, mientras que las segundas pueden ser modificadas por ellos o dejadas de lado y suplantadas por otras que crean más convenientes a sus intereses (ejemplo: cláusulas de los contratos).