Las medidas cautelares son resoluciones provisorias que tienen por finalidad garantizar la eficacia de la decisión final de un proceso. Su carácter preventivo permite evitar la continuidad o agravamiento del caso mientras dure el juicio, así como la defensa de una resolución favorable. Sin embargo, el carácter cautelar no significa que una sentencia sea anticipada, ni el prejuzgamiento de caso.
Requisitos para solicitar medidas cautelares
La solicitud de medidas cautelares debe estar fundamentada y cumplir con ciertos requisitos como:
- Verosimilitud: implica demostrar que los hechos presentados cumplen con todas las condiciones para ser reales, parecen certeros ante los que tienen que resolver.
- Peligro en la demora: debido a los plazos que llevan los diferentes procedimientos, hay que demostrar que podría en ese periodo provocar un riesgo para la persona, una vulneración a sus derechos.
- Contra cautela: es una medida que tiene por objetivo garantizar el resarcimiento de daños y perjuicios al finalizar el proceso y el resultado sea desfavorable.
Tipos de medidas cautelares
En Argentina, el juez es quien tiene la competencia para aprobar y dictar las medidas cautelares que crean convenientes y eficaces en cada proceso. Las más utilizadas son:
Embargo
El embargo se realiza contra los activos asegurando así su existencia y su utilidad al finalizar el juicio. Como medida cautelar el embargo es preventivo, y para lanzarlo es necesario identificar un bien concreto e inscribirse.
Inhibición general de bienes
La inhibición se ejecuta sobre la persona y no sobre el patrimonio específicamente. Es el sujeto quien queda inhibido para gravar o enajenar los bienes registrables.
Se aplica cuando no se puede cubrir la deuda con el patrimonio o este se desconoce.
Secuestro
La cosa embargada o un documento que tiene obligación de restituir o presentar queda fuera del poder de la persona. En el caso de la resolución favorable, el bien secuestrado es una garantía de pago.
Anotación de litis
La anotación litis consiste en la inscripción en el registro que corresponda del proceso que hay en curso sobre un bien entre las partes. Con esta medida cualquier posible comprador tendrá conocimiento sobre el estado de la cosa, sobre el litigio judicial vigente.
Intervención judicial
La intervención judicial puede darse de dos maneras dependiendo el caso en cuestión.
- Interventor recaudador: cuando no existe otra medida cautelar eficaz o como complemento a otra se designa un interventor a pedido del acreedor. Es utilizada en aquellos casos donde los bienes que posee el deudor producen rentas u otros frutos y solo se recauda la parte embargada
- Interventor informante: la persona asignada mantiene brinda información sobre el estado de los bienes objeto de la medida en el plazo que se estipule previamente
Prohibición de innovar
Esta medida se aplica cuando, una modificación de hecho o derecho, suponga un riesgo que influya en la sentencia y puede convertirla incluso en ineficaz. La interposición garantiza que el estado de las cosas se mantenga igual hasta la resolución.
Prohibición de contratar
La orden es de no realizar ningún tipo de contrato sobre el bien litigioso. Se resguarda el resultado del eventual proceso.