La palabra litigio refiere a un enfrentamiento entre partes enmarcado en un proceso judicial y todo acto de justicia en un Estado se encuentra determinado por pautas de política criminal, las cuales son un conjunto de decisiones de la autoridad pública acerca del delito.

En un litigio se trata de resolver un conflicto de intereses entre dos partes.
La política criminal es el sistema de decisiones estatales que, en procura de la protección de los derechos reconocidos al individuo, define los delitos y sus penas, y organiza las respuestas públicas tanto para evitarlos como para sancionarlos, estableciendo los órganos y los procedimientos a tal fin.
El delito debe ser perseguido por el Estado, salvo los casos de acción privada, juzgado y, si corresponde, penado en las condiciones que establece el sistema constitucional y que reglamentan los Códigos Procesales Penales.
A través de un juicio imparcial en el que se respete la dignidad del acusado y se garantice su defensa, se impone entonces al culpable una sanción. De este modo la norma penal es actuada en el caso sometido a proceso.
La actividad acusatoria es preponderantemente una función estatal a cargo del Ministerio Público Fiscal, y la de juzgamiento es otra función estatal independiente, provocada por aquélla, pero de naturaleza diferente, a cargo de tribunales imparciales del Poder Judicial. Así surge de las normas del sistema Constitucional que les dan origen.
La finalidad perseguida por el Código Penal con el ejercicio de la acción penal que preceptúa el artículo 71, se evidencia en la obligación estatal de perseguir a "los delincuentes" impuesta por el artículo 274 del mismo código, para lograr su "represión".
El cumplimiento práctico de esta normativa se expresa en un conjunto de actividades oficiales –que puede ser complementada por particulares– que se conoce generalmente como persecución penal, y que consiste en la realización de actos materiales y jurídicos de la preparación, formulación, sostenimiento y acreditación de una acusación contra una persona determinada, por la comisión de un delito, buscando primero y proporcionando a los tribunales después las pruebas que éstos necesitarán para decidir si corresponde o no acoger a aquélla (la acusación), y en caso afirmativo aplicar el derecho penal al caso planteado.
Todos los elementos de la acusación son analizados en el ámbito de los tribunales donde se desarrollan los litigios de naturaleza penal, se ponen de manifiesto a su vez los argumentos de la defensa, se respetan las garantías del debido proceso y las autoridades del Poder Judicial resuelven sobre el asunto aplicando una pena o bien absolviendo a la parte acusada en el mismo.