In dubio pro reo es un principio jurídico que significa: en caso de duda, a favor del acusado.

In dubio pro reo es un principio jurídico en Derecho Penal que expresa que si el juzgador tiene dudas sobre la culpabilidad del acusado tras valorar las pruebas, este debe ser considerado inocente.
¿En qué consiste el principio de in dubio pro reo?
Podríamos definir el latinismo in dubio pro reo como el principio jurídico que expresa la obligatoriedad de probar los hechos y que, en el caso de que esta prueba sea insuficiente para demostrarlos, la decisión judicial deberá favorecer al acusado del delito.
Este principio jurídico va a constituirse como una regla de obligado cumplimiento por Jueces y Magistrados y, en su caso, un Tribunal del Jurado, a la hora de valorar la culpabilidad o no de un acusado.
Así, tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular y, en algunos casos la acusación popular y la privada, deberán demostrar mediante los elementos de prueba de que dispongan la culpabilidad del acusado. Y deberán hacerlo sin ningún género de duda.
Si una vez realizadas las pruebas y finalizado el juicio, el Juez tuviese dudas sobre la culpabilidad del acusado por no quedar demostrada la misma, este, al dictar sentencia deberá decidir en favor del acusado, siendo así absolutoria la sentencia que dicte.
La aplicación de este principio jurídico tiene como base el principio de inocencia.
Diferencias con la presunción de inocencia
La principal diferencia entre los principios de presunción de inocencia y de in dubio pro reo es su regulación legal.
Mientras que el principio in dubio pro reo es simplemente un principio jurisdiccional penal, la presunción de inocencia aparece en cuerpos legales, como la Constitución del país, por ejemplo.
Así, la presunción de inocencia se recoge en la Constitución de la Nación Argentina como un derecho fundamental en el artículo 18:
Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa.
Artículo 18 de la Constitución
La presunción de inocencia es, según los expertos “un convencimiento subjetivo del órgano judicial”, es decir, alguien no podrá ser culpabilizado mientras no se demuestre que lo es. Pero el principio in dubio pro reo, solo es aplicable cuando el juzgador tiene dudas sobre la culpabilidad del acusado tras valorar las pruebas.