Las fuentes del derecho son las que sientan las bases para la resolución de los diferentes casos que se presentan. Estas han sido objeto de debate en los últimos años. Pero, en todo caso, deben estar en concordancia con la Constitución Nacional Argentina, que se considera la fuente de derecho de máxima jerarquía como con los tratados internacionales a los que adhiere.
Diferentes fuentes de derecho
La fuente de derecho de mayor rango en la Argentina es la Constitución Nacional. Asimismo, con la última modificación de la Carta Magna, diferentes tratados y concordatos internacionales han obtenido una jerarquía constitucional.
Según el Código Civil, todas deben responder a ese mismo lineamiento, es decir que las diferentes fuentes de derecho que se presentan a continuación no pueden ser contrarias a la Constitución y tratados, sean estos de cualquier jerarquía, siempre que se encuentren ratificados por el Estado.
Las leyes
Las principales fuentes del derecho son las leyes aplicables. Son consideradas como formales porque representan la exteriorización de un precepto imperativo. Manifiestan lo que se debe y lo que no deben hacer los sujetos a los que contempla.
Las leyes están conformadas por todas aquellas normas emanadas por organismos del Estado competentes que son de aplicación para el caso específico o las complementarias. En el caso de la Argentina es el Poder Legislativo el que tiene la competencia para dictar leyes. Sin embargo, se incluyen otras reglas dictadas por otros poderes como, por ejemplo, los decretos.
La costumbre
Se entiende por costumbre la repetición de un hábito compartido por una comunidad a lo largo del tiempo con la convicción de que se actúa conforme a una regla u obligación.
En algunas ramas del derecho su aplicación es bastante amplia, aunque no tiene la fuerza de la ley. En el Código Civil solo pueden crear derecho cuando las leyes se refieren a ellas o en aquellas situaciones que no están regladas de manera legal y se agregaron los usos y prácticas. En el Código Penal, constituye fuente inmediata de conocimiento.
En concreto el derecho consuetudinario hace referencia a la norma jurídica cuya fuente es la costumbre.
Jurisprudencia
La jurisprudencia es una fuente de derecho que se constituye por los fallos judiciales de Tribunales Superiores sobre casos de relevancia jurídica. Estos pronunciamientos se transforman en casos de referencia para futuros casos similares.
La jurisprudencia no posee una fuerza de obligatoriedad para los jueces. Pero sirve para la interpretación y una mayor estabilidad jurídica. En el sistema jurídico argentino, la jurisprudencia no podrá ser de aplicación general, sino que se valorará según cada caso en particular.
La Doctrina
La doctrina se conoce como la opinión de juristas especializados en determinados temas o materias. Su finalidad puede ser la de aportar una base teórica para la sistematización de reglas o la interpretación de las normas y su aplicación.
Es una fuente mediata del derecho cuyo valor puede depender de la autoridad del jurista o del grado de adhesión de diversos juristas a la misma forma de interpretación.
Las fuentes del derecho en el ordenamiento jurídico argentino tienen una jerarquía. Algunas son la base de las resoluciones judiciales y otras brindan las pautas para la interpretación.