Crímenes de lesa humanidad

Los crímenes de lesa humanidad son ataques sistemáticos o generalizados contra la población civil, con conocimiento de dicho ataque. Son clasificados como delitos internacionales de los más graves.

Argentina se adhiere a la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad y además toma jerarquía constitucional con la Ley 25.778.

Delito de lesa humanidad

El delito de lesa humanidad consiste en un ataque generalizado o sistemático contra la población civil o contra una parte de ella.

¿Cuáles son considerados crímenes de lesa humanidad en Argentina?

Las vulneraciones graves a los derechos humanos que son cometidas por el Estado, organizaciones u organismos que, si bien no son estatales, no son reprimidas.

Los actos que se lleven delante de manera generalizada o sistematizada contra el común de la gente, sea en tiempo de conflicto o de paz, y que se interpretan como crímenes de lesa humanidad son:

  • Asesinato.
  • Exterminio.
  • Esclavitud.
  • Deportación o traslado forzoso, desaparición forzosa.
  • Privación o encarcelamiento grave de la libertad física.
  • Tortura.
  • Violación, esclavitud sexual u otro tipo de violencia sexual.
  • Persecución de alguna colectividad o grupo por diferentes que se funde en motivo religiosos, políticos, culturales, raciales, etc.
  • Crimen de apartheid.
  • Otros actos inhumanos que tengan un carácter similar a los mencionados.

Elementos constitutivos

  1. Que haya sido cometido en el contexto de un ataque contra la población civil.
  2. Son tolerados o permitidos por el Estado o agrupación a la cual se les atribuyen los crímenes.
  3. La situación de vulnerabilidad de las víctimas, incluidos aquellos jóvenes que se reclutaron y trasladaron a un campo de batalla.

Imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad

En la Argentina, la Ley 25.778 de 2003, otorga la jerarquía constitucional a la Convención de Imprescriptibilidad de crímenes de guerra y lesa humanidad que adoptó la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas que fue aprobada por Ley 24.584.

Esta normativa determina que todos los actos que puedan considerarse como crímenes de lesa humanidad no tendrán prescripción, sin importar la fecha en que se hayan cometido.

Fundamentación

Los principales fundamentos para la imprescriptibilidad de este tipo de crímenes son:

  • Estos delitos son considerados de los más graves del Derecho Internacional.
  • Los antecedentes de otras resoluciones y declaraciones solemnes respecto al tema no presentan ninguna limitación en el tiempo.
  • La necesidad social mundial de normativizar en el Derecho Internacional la imprescriptibilidad, para garantizar su aplicación universal.

Particularidades

En la misma Convención que ha tomado jerarquía constitucional en la Argentina, se determinan las particularidades que aplican a los Estados miembros adherentes.

  • Deben asegurar las medidas internas necesarias para la extradición de las personas que hayan cometido los crímenes.
  • Tienen que abolir las leyes de prescripción ante estos delitos, si es que existen, mediante las acciones legislativas que correspondan.
  • Las disposiciones de la Convención serán aplicables a las personas que representen al Estado, particulares autores, cómplices, que conspiren o permitan la perpetración del hecho.

Juicios de lesa humanidad en la Argentina

En la Argentina estos juicios son lo que se llevan a cabo contra los integrantes de la última dictadura militar, por su sistemáticas y generalizadas acciones contra la comunidad civil. Son conocidos también como Juicios por la verdad, la memoria y la justicia.