Colación

La colación es un concepto jurídico que se refiere a la obligación de los herederos forzosos de devolver o traer a la masa hereditaria los bienes o donaciones recibidos en vida por el causante. La finalidad de la colación es igualar las porciones hereditarias de los herederos y garantizar una distribución equitativa de los bienes entre ellos.

​​​​Dentro del marco legal argentino, la figura de colación es de suma importancia en el ámbito sucesorio y patrimonial.

Objetivos de la Colación

La colación tiene varios objetivos fundamentales en el marco legal argentino:

  • Igualdad entre herederos: la colación busca igualar las porciones hereditarias de los herederos, evitando que algunos de ellos reciban más bienes o donaciones en vida que otros. De esta manera, se asegura una distribución equitativa de los bienes del causante.
  • Mantenimiento de la legítima: la colación también tiene como objetivo preservar la legítima, que es la porción de la herencia que la ley reserva a determinados herederos forzosos. Al realizar la colación, se evita que las donaciones o bienes recibidos en vida por el causante disminuyan la legítima que les corresponde.
  • Protección de los derechos sucesorios: la colación tiene como objetivo proteger los derechos sucesorios de los herederos y evitar que se realicen disposiciones en vida que puedan perjudicar o desvirtuar la legítima y la igualdad entre ellos.

Aplicación de la Colación en Argentina

En Argentina, la colación se rige por el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), que establece las disposiciones relativas a la sucesión y la colación. Según la ley, los herederos forzosos están obligados a devolver los bienes o donaciones recibidos en vida por el causante, siempre que no se trate de liberalidades o donaciones no sujetas a colación.

La colación se realiza al momento de liquidar la herencia, y los bienes o donaciones colacionables se suman al acervo hereditario para su posterior distribución entre los herederos. Los bienes o donaciones que no están sujetos a colación, como las donaciones remuneratorias o las donaciones revocables, no se tienen en cuenta para estos efectos.

Consideraciones Relevantes

Al aplicar la colación en el marco legal argentino, es importante tener en cuenta algunas consideraciones adicionales:

  • Plazo para reclamar la colación: los herederos tienen un plazo de diez años desde la apertura de la sucesión para reclamar la colación. Pasado ese plazo, se considera que han renunciado a la colación y los bienes o donaciones recibidos en vida no se tienen en cuenta en la liquidación de la herencia.
  • Valoración de los bienes colacionables: los bienes colacionables se valoran al momento de la apertura de la sucesión, teniendo en cuenta su valor al momento de la adquisición por parte del heredero. Si los bienes han sufrido una pérdida o una mejora posterior, esto no se tiene en cuenta al realizar la colación.
  • Asesoramiento legal: dada la complejidad de la colación y su importancia en la distribución equitativa de los bienes hereditarios, es recomendable buscar el asesoramiento legal de un profesional especializado en derecho sucesorio para garantizar una correcta aplicación de la figura y proteger los derechos de los herederos.