Artículo 159 del Código Penal
Será reprimido con multa de pesos dos mil quinientos a pesos treinta mil, el que, por maquinaciones fraudulentas, sospechas malévolas o cualquier medio de propaganda desleal, tratare de desviar, en su provecho, la clientela de un establecimiento comercial o industrial.
art 159 CP
- Código Penal
- LIBRO SEGUNDO: DE LOS DELITOS
- TÍTULO V: DELITOS CONTRA LA LIBERTAD
- CAPÍTULO IV: Delitos contra la libertad de trabajo y asociación
- Artículo 158
- Artículo 159
- CAPÍTULO IV: Delitos contra la libertad de trabajo y asociación
- TÍTULO V: DELITOS CONTRA LA LIBERTAD