Artículo 159 del Código Penal

Será reprimido con multa de pesos dos mil quinientos a pesos treinta mil, el que, por maquinaciones fraudulentas, sospechas malévolas o cualquier medio de propaganda desleal, tratare de desviar, en su provecho, la clientela de un establecimiento comercial o industrial.

art 159 CP

Para profundizar:
Índice:
  • Código Penal
    • LIBRO SEGUNDO: DE LOS DELITOS
      • TÍTULO V: DELITOS CONTRA LA LIBERTAD
        • CAPÍTULO IV: Delitos contra la libertad de trabajo y asociación