Artículo 283 del Código Civil y Comercial
Artículo 283. Acto abstracto.
La inexistencia, falsedad o ilicitud de la causa no son discutibles en el acto abstracto mientras no se haya cumplido, excepto que la ley lo autorice.
art 283 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO PRIMERO: PARTE GENERAL
- TÍTULO IV: Hechos y actos jurídicos
- CAPÍTULO V: Actos jurídicos
- SECCIÓN 2ª: Causa del acto jurídico
- Artículo 281. Causa.
- Artículo 282. Presunción de causa.
- Artículo 283. Acto abstracto.
- SECCIÓN 2ª: Causa del acto jurídico
- CAPÍTULO V: Actos jurídicos
- TÍTULO IV: Hechos y actos jurídicos