Artículo 276 del Código Civil y Comercial
Artículo 276. Fuerza e intimidación.
La fuerza irresistible y las amenazas que generan el temor de sufrir un mal grave e inminente que no se puedan contrarrestar o evitar en la persona o bienes de la parte o de un tercero, causan la nulidad del acto. La relevancia de las amenazas debe ser juzgada teniendo en cuenta la situación del amenazado y las demás circunstancias del caso.
art 276 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO PRIMERO: PARTE GENERAL
- TÍTULO IV: Hechos y actos jurídicos
- CAPÍTULO IV: Violencia como vicio de la voluntad
- Artículo 276. Fuerza e intimidación.
- Artículo 277. Sujetos.
- Artículo 278. Responsabilidad por los daños causados.
- CAPÍTULO IV: Violencia como vicio de la voluntad
- TÍTULO IV: Hechos y actos jurídicos