Artículo 2644 del Código Civil y Comercial

Artículo 2644. Derecho aplicable.

La sucesión por causa de muerte se rige por el derecho del domicilio del causante al tiempo de su fallecimiento. Respecto de los bienes inmuebles situados en el país, se aplica el derecho argentino.

art 2644 CCCN

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