Artículo 2584 del Código Civil y Comercial
Artículo 2584. Subrogación real.
El privilegio especial se traslada de pleno derecho sobre los importes que sustituyen los bienes sobre los que recae, sea por indemnización, precio o cualquier otro concepto que permite la subrogación real.
art 2584 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO SEXTO: DISPOSICIONES COMUNES
- TÍTULO II: Privilegios
- CAPÍTULO II: Privilegios especiales
- TÍTULO II: Privilegios