Artículo 2349 del Código Civil y Comercial

Artículo 2349. Remuneración y gastos.

El administrador tiene derecho a que se le reembolsen los gastos necesarios y útiles realizados en el cumplimiento de su función.

También tiene derecho a remuneración. Si no ha sido fijada por el testador, ni hay acuerdo entre el administrador y los copropietarios de la masa indivisa, debe ser determinada por el juez.

art 2349 CCCN

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