Artículo 2246 del Código Civil y Comercial
Artículo 2246. Proceso.
Las acciones posesorias tramitan por el proceso de conocimiento más abreviado que establecen las leyes procesales o el que determina el juez, atendiendo a las circunstancias del caso.
art 2246 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO CUARTO: DERECHOS REALES
- TÍTULO XIII: Acciones posesorias y acciones reales
- CAPÍTULO I: Defensas de la posesión y la tenencia
- Artículo 2238. Finalidad de las acciones posesorias y lesiones que las habilitan.
- Artículo 2239. Acción para adquirir la posesión o la tenencia.
- Artículo 2240. Defensa extrajudicial.
- Artículo 2241. Acción de despojo.
- Artículo 2242. Acción de mantener la tenencia o la posesión.
- Artículo 2243. Prueba.
- Artículo 2244. Conversión.
- Artículo 2245. Legitimación.
- Artículo 2246. Proceso.
- CAPÍTULO I: Defensas de la posesión y la tenencia
- TÍTULO XIII: Acciones posesorias y acciones reales