Artículo 2074 del Código Civil y Comercial
Artículo 2074. Características.
Son elementos característicos de estas urbanizaciones, los siguientes: cerramiento, partes comunes y privativas, estado de indivisión forzosa y perpetua de las partes, lugares y bienes comunes, reglamento por el que se establecen órganos de funcionamiento, limitaciones y restricciones a los derechos particulares y régimen disciplinario, obligación de contribuir con los gastos y cargas comunes y entidad con personería jurídica que agrupe a los propietarios de las unidades privativas. Las diversas partes, cosas y sectores comunes y privativos, así como las facultades que sobre ellas se tienen, son interdependientes y conforman un todo no escindible.
art 2074 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO CUARTO: DERECHOS REALES
- TÍTULO VI: Conjuntos inmobiliarios
- CAPÍTULO I: Conjuntos inmobiliarios
- Artículo 2073. Concepto.
- Artículo 2074. Características.
- Artículo 2075. Marco legal.
- Artículo 2076. Cosas y partes necesariamente comunes.
- Artículo 2077. Cosas y partes privativas.
- Artículo 2078. Facultades y obligaciones del propietario.
- Artículo 2079. Localización y límites perimetrales.
- Artículo 2080. Limitaciones y restricciones reglamentarias.
- Artículo 2081. Gastos y contribuciones.
- Artículo 2082. Cesión de la unidad.
- Artículo 2083. Régimen de invitados y admisión de usuarios no propietarios.
- Artículo 2084. Servidumbres y otros derechos reales.
- Artículo 2085. Transmisión de unidades.
- Artículo 2086. Sanciones.
- CAPÍTULO I: Conjuntos inmobiliarios
- TÍTULO VI: Conjuntos inmobiliarios