Artículo 1867 del Código Civil y Comercial

Artículo 1867. Adquirente en bolsa o caja de valores.

El tercer portador que haya adquirido el título valor sin culpa grave, que se oponga dentro del plazo del artículo 1865 y acredite que, con anterioridad a la primera publicación del artículo 1857 o a la publicación por el órgano informativo u otros medios adecuados en la entidad expresamente autorizada por la ley especial o la autoridad de aplicación en que coticen los títulos valores, lo que ocurra primero, adquirió el título valor en una entidad así autorizada, aun cuando le haya sido entregado con posterioridad a las publicaciones o comunicaciones, puede reclamar directamente del emisor:

a) el levantamiento de la suspensión de los efectos de los títulos valores;

b) la cancelación del certificado provisorio que se haya entregado al denunciante;

c) la entrega de las acreencias que hayan sido depositadas conforme al artículo 1863.

La adquisición o tenencia en los supuestos indicados impide el ejercicio de la acción reivindicatoria por el denunciante, y deja a salvo la acción por daños contra quienes, por su dolo o culpa, han hecho posible o contribuido a la pérdida de su derecho.

art 1867 CCCN

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