Artículo 1714 del Código Civil y Comercial

Artículo 1714. Punición excesiva.

Si la aplicación de condenaciones pecuniarias administrativas, penales o civiles respecto de un hecho provoca una punición irrazonable o excesiva, el juez debe computarla a los fines de fijar prudencialmente su monto.

art 1714 CCCN

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