Artículo 17 del Código Civil y Comercial
Artículo 17. Derechos sobre el cuerpo humano.
Los derechos sobre el cuerpo humano o sus partes no tienen un valor comercial, sino afectivo, terapéutico, científico, humanitario o social y sólo pueden ser disponibles por su titular siempre que se respete alguno de esos valores y según lo dispongan las leyes especiales.
art 17 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- TÍTULO PRELIMINAR
- CAPÍTULO IV: Derechos y bienes
- Artículo 15. Titularidad de derechos.
- Artículo 16. Bienes y cosas.
- Artículo 17. Derechos sobre el cuerpo humano.
- Artículo 18. Derechos de las comunidades indígenas.
- CAPÍTULO IV: Derechos y bienes