Artículo 1484 del Código Civil y Comercial
Artículo 1484. Obligaciones del empresario.
Son obligaciones del empresario:
a) actuar de buena, fe, y hacer todo aquello que le incumbe, teniendo en cuenta las circunstancias del caso, para permitir al agente el ejercicio normal de su actividad;
b) poner a disposición del agente con suficiente antelación y en la cantidad apropiada, muestras, catálogos, tarifas y demás elementos de que se disponga y sean necesarios para el desarrollo de las actividades del agente;
c) pagar la remuneración pactada;
d) comunicar al agente, dentro del plazo de uso o, en su defecto, dentro de los quince días hábiles de su conocimiento, la aceptación o rechazo de la propuesta que le haya sido transmitida;
e) comunicar al agente, dentro del plazo de uso o, en su defecto, dentro de los quince días hábiles de la recepción de la orden, la ejecución parcial o la falta de ejecución del negocio propuesto.
art 1484 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO TERCERO: DERECHOS PERSONALES
- TÍTULO IV: Contratos en particular
- CAPÍTULO XVII: Agencia
- Artículo 1479. Definición y forma.
- Artículo 1480. Exclusividad.
- Artículo 1481. Relación con varios empresarios.
- Artículo 1482. Garantía del agente.
- Artículo 1483. Obligaciones del agente.
- Artículo 1484. Obligaciones del empresario.
- Artículo 1485. Representación del agente.
- Artículo 1486. Remuneración.
- Artículo 1487. Base para el cálculo.
- Artículo 1488. Devengamiento de la comisión.
- Artículo 1489. Remuneración sujeta a ejecución del contrato.
- Artículo 1490. Gastos.
- Artículo 1491. Plazo.
- Artículo 1492. Preaviso.
- Artículo 1493. Omisión de preaviso.
- Artículo 1494. Resolución. Otras causales.
- Artículo 1495. Manera en que opera la resolución.
- Artículo 1496. Fusión o escisión.
- Artículo 1497. Compensación por clientela.
- Artículo 1498. Compensación por clientela. Excepciones.
- Artículo 1499. Cláusula de no competencia.
- Artículo 1500. Subagencia.
- Artículo 1501. Casos excluidos.
- CAPÍTULO XVII: Agencia
- TÍTULO IV: Contratos en particular