Artículo 1150 del Código Civil y Comercial
Artículo 1150. Entrega anticipada de cosas no adecuadas al contrato.
En caso de entrega anticipada de cosas no adecuadas al contrato, sea en cantidad o calidad, el vendedor puede, hasta la fecha fijada:
a) entregar la parte o cantidad que falte de las cosas;
b) entregar otras cosas en sustitución de las dadas o subsanar cualquier falta de adecuación de las cosas entregadas a lo convenido, siempre que el ejercicio de ese derecho no ocasione al comprador inconvenientes ni gastos excesivos; no obstante, el comprador conserva el derecho de exigir la indemnización de los daños.
art 1150 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO TERCERO: DERECHOS PERSONALES
- TÍTULO IV: Contratos en particular
- CAPÍTULO I: Compraventa
- SECCIÓN 6ª: Compraventa de cosas muebles
- Artículo 1142. Regla de interpretación.
- PARÁGRAFO 1°: Precio
- PARÁGRAFO 2°: Entrega de la documentación
- PARÁGRAFO 3°: Entrega de la cosa
- Artículo 1147. Plazo para la entrega de la cosa.
- Artículo 1148. Lugar de entrega de la cosa.
- Artículo 1149. Puesta a disposición de las cosas vendidas. Endoso de mercaderías en tránsito.
- Artículo 1150. Entrega anticipada de cosas no adecuadas al contrato.
- Artículo 1151. Riesgos de daños o pérdida de las cosas.
- PARÁGRAFO 4°: Recepción de la cosa y pago del precio
- Artículo 1152. Tiempo del pago.
- Artículo 1153. Compraventa sobre muestras.
- Artículo 1154. Compraventa de cosas que no están a la vista.
- Artículo 1155. Cosas que se entregan en fardos o bajo cubierta.
- Artículo 1156. Adecuación de las cosas muebles a lo convenido.
- Artículo 1157. Determinación de la adecuación de las cosas al contrato.
- Artículo 1158. Plazo para reclamar por los defectos de las cosas.
- Artículo 1159. Compraventa por junto.
- Artículo 1160. Compraventas sujetas a condición suspensiva.
- Artículo 1161. Cláusulas de difusión general en los usos internacionales.
- Artículo 1162. Compraventa con cláusula pago contra documentos.
- SECCIÓN 6ª: Compraventa de cosas muebles
- CAPÍTULO I: Compraventa
- TÍTULO IV: Contratos en particular