Artículo 1117 del Código Civil y Comercial
Artículo 1117. Normas aplicables.
Se aplican en este Capítulo lo dispuesto por las leyes especiales y los artículos 985, 986, 987 y 988, existan o no cláusulas generales predispuestas por una de las partes.
art 1117 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO TERCERO: DERECHOS PERSONALES
- TÍTULO III: Contratos de consumo
- CAPÍTULO IV: Cláusulas abusivas
- TÍTULO III: Contratos de consumo