Artículo 1115 del Código Civil y Comercial
Artículo 1115. Gastos.
El ejercicio del derecho de revocación no debe implicar gasto alguno para el consumidor. En particular, el consumidor no tiene que reembolsar cantidad alguna por la disminución del valor de la cosa que sea consecuencia de su uso conforme a lo pactado o a su propia naturaleza, y tiene derecho al reembolso de los gastos necesarios y útiles que realizó en ella.
art 1115 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO TERCERO: DERECHOS PERSONALES
- TÍTULO III: Contratos de consumo
- CAPÍTULO III: Modalidades especiales
- Artículo 1104. Contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales.
- Artículo 1105. Contratos celebrados a distancia.
- Artículo 1106. Utilización de medios electrónicos.
- Artículo 1107. Información sobre los medios electrónicos.
- Artículo 1108. Ofertas por medios electrónicos.
- Artículo 1109. Lugar de cumplimiento.
- Artículo 1110. Revocación.
- Artículo 1111. Deber de informar el derecho a la revocación.
- Artículo 1112. Forma y plazo para notificar la revocación.
- Artículo 1113. Efectos del ejercicio del derecho de revocación.
- Artículo 1114. Imposibilidad de devolución.
- Artículo 1115. Gastos.
- Artículo 1116. Excepciones al derecho de revocar.
- CAPÍTULO III: Modalidades especiales
- TÍTULO III: Contratos de consumo