La alevosía, en el ámbito del derecho penal, consiste en emplear los medios o métodos adecuados para asegurar el éxito de un acto delictivo sin dejar opción de defensa a la víctima. Esta figura se encuentra recogida en el artículo 22 del Código Penal como una circunstancia agravante de la responsabilidad penal a la hora de juzgar un delito contra las personas.

Un delito cometido con alevosía supone emplear los medios o métodos necesarios para asegurar el éxito de un acto delictivo sin permitir a la víctima defenderse.
Así, en el apartado primero del artículo 22 se establece lo siguiente:
Son circunstancias agravantes:
1.ª Ejecutar el hecho con alevosía.
Hay alevosía cuando el culpable comete cualquiera de los delitos contra las personas empleando en la ejecución medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurarla, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido.
Artículo 22.1 del Código Penal
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Buscar abogadoRequisitos para el agravante de alevosía
Para que se considere que un delito ha sido cometido con el agravante de la alevosía se tienen que dar los siguientes requisitos:
- El acto cometido debe ser un delito contra las personas (ya sea un delito contra la vida, contra la libertad, etc.).
- El sujeto activo minimiza el riesgo con modos apropiados de asegurar el delito.
- Tiene que existir dolo (conocimiento y voluntad en la ejecución) por parte del autor del delito.
- Se debe comprobar que se produjo en una situación de indefensión total de la víctima.
Por lo tanto, los delitos cometidos con alevosía se consideran más graves y más peligrosos.
¿Qué tipos de alevosía existen?
Según la jurisprudencia, estos son algunos ejemplos o modalidades de delitos con alevosía por las que se suprime la posibilidad de defensa del afectado de distintas maneras:
Alevosía proditoria
El delito se caracteriza por ser una traición y está precedido por un periodo de observación y vigilancia. Por ejemplo, cuando el agresor prepara una emboscada, ocultándose y cayendo sobre la víctima sin que se lo espere.
Alevosía súbita o inopinada
Mediante este tipo de alevosía, el sujeto activo sin ocultarse aprovecha la confianza de la víctima para actuar de forma imprevista y por sorpresa.
Alevosía de desvalimiento
En este caso, consiste en aprovechar una situación de desamparo o indefensión del sujeto pasivo del delito como puede ser alguna de las siguientes circunstancias: ser menor de edad, incapacitado, anciano, estar en estado de embriaguez o bajo los efectos de las drogas, etc.
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