Artículo 834 de la Ley Federal del Trabajo

Las partes al ofrecer la prueba presuncional, indicarán en qué consiste y lo que se acredita con ella.

art 834 LFT

Encuentra un abogado

Te ayudamos a encontrar al mejor abogado para ti. Elige de nuestro listado de abogados el que más se ajuste a tus necesidades.

Consultar abogado
Índice: