Artículo 182 del Reglamento de Extranjería
Artículo 182. Definición.
Se halla en situación de residencia de larga duración nacional la persona extranjera que haya sido autorizado a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles.
art 182 RD 1155/2024
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- TÍTULO X. Residencia de larga duración
- CAPÍTULO III. Residencia de larga duración nacional