Artículo 86 del Código Penal

Toda ofensa cometida públicamente hacia la perso(sic) del Jefe del Estado, se castigará con prisión de seis meses a dos años, y una multa de cincuenta a quinientos pesos.

art 86 cp

  • Código Penal Dominicano
    • LIBRO TERCERO: De los crímenes y delitos y su castigo
      • TÍTULO I: Crímenes y delitos contra la cosa pública
        • Capítulo I: Crímenes y delitos contra la seguridad exterior e interior del Estado