¿Cuál es el plazo para aceptar la herencia a beneficio de inventario?
Pasados 9 días desde que fallece el causante, se puede instar una interpelación notarial hereditaria, por la que el notario requiere a un heredero para que se pronuncie sobre la herencia en un plazo máximo de 30 días, y se le informa de que, si no lo hace, se entenderá que acepta la herencia pura y simplemente.
Por tanto, el heredero tiene 30 días desde la interpelación para declarar si renuncia, si acepta pura o simplemente o si acepta a beneficio de inventario, ya que, si no lo hace, perderá su derecho a aceptar a beneficio de inventario y a renunciar.
Si no hay interpelación, ante la falta de regulación específica, la jurisprudencia entiende que el plazo máximo es de 30 años desde el fallecimiento, pero conviene hacerlo antes de los 6 meses, que es el plazo máximo para pagar el impuesto de sucesiones sin recargos.
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